En los últimos plenos municipales de mayo y julio, hemos aprobado, por unanimidad en casi todos los casos, modificaciones a ordenanzas fiscales que reducen tributos para contribuyentes en Brunete, tanto para vecinos en general, como para el sector de emprendedores y empresarios. Con estas disminuciones de tributos, nuestro ayuntamiento realiza un esfuerzo que redundará en un beneficio para una gran mayoría, esfuerzo que es compatible con la situación económica por todos conocida.
El resumen de las ordenanzas fiscales modificadas es el siguiente:
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de basuras, envases y residuos sólidos urbanos. Como ayuda al sector emprendedor y empresarial, se reducen las tasas de basuras industriales:
– año 2022: un 40%
– año 2023: un 40% - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local
Terrazas: se reducen las tasas:
– año 2022: un 75%
– año 2023: un 50%
Mercadillo: se reducen las tasas:
– 2º semestre 2021: exento de pago.
– 1º semestre 2022: exento de pago. - Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Actividades Económicas. Hemos reducido al máximo permitido por la ley, el coeficiente impositivo sobre la ubicación física del establecimiento, pasando del “1” anterior, al:
– 0,4 para la categoría fiscal del Suelo Urbano consolidado
– 0,5 para la categoría fiscal del Suelo Urbanizable residencial y terciario - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos. Eliminamos las tasas asociadas a expedición de documentos no urbanísticos:
– Certificados de conducta:……………………………….9,00 €
– Certificados de convivencia, residencia y empadronamiento:………………………9,00 €
– Volantes de empadronamiento:……………………1,50 € - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local. Se reducen las tasas por Ocupación de Vía Pública (OVP), desde un 40% máximo, del Presupuesto de Ejecución Material (PEM), al 15%.
- Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Exención de un 95% en el impuesto, el máximo permitido por la ley, que supone el pago del 4% de las obras que se soliciten para la instalación de paneles foto-voltaicos con potencia hasta 100 KW.
Esta ordenanza entrará en vigor a lo largo de noviembre, tras su exposición pública en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).












